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Aviso de prensa

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Categoría: Noticias
Creado: Jueves, 06, Octubre 2016 19:13
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Aviso de prensanal

Lo del nombre o marca TigoUNE es lo de menos. Como se advirtió antes y después de aprobado el Acuerdo 17 de 2013 por parte del Concejo de Medellín, el futuro de UNE puesto en manos de la sueca Millicom no era nada promisorio. Por la calidad del “socio estratégico” y el incumplimiento inmediato a lo pactado, no se necesitaban adivinos para saber que era cuestión de tiempo llegar a la oscura situación que hoy vive la empresa. Ante la permisividad del socio mayoritario EPM y la falta de control real por parte del Municipio de Medellín (Alcalde y Concejo) y de los entes de control, la administración de UNE EPM Telecomunicaciones S.A., en manos extranjeras desde 2014, ha hecho y deshecho con la empresa, con notorias pérdidas de valor económico y social, pero especialmente laboral.

 

Desde el Sindicato de Profesionales SINPRO hemos denunciado ante el Concejo de Medellín y el Ministerio de Trabajo la estrategia que la administración de UNE adelanta contra los trabajadores, que además de atentar contra la viabilidad de la empresa, de burlar la normatividad vigente e irrespetar la dignidad humana, viola el Acuerdo 17 de 2013: “e) En todo caso, se conservarán los derechos laborales de los actuales servidores de UNE EPM Telecomunicaciones S.A.”. Los hechos para demostrarlo son contundentes.

 

Con la entrada de la firma china Huawei para asumir la parte operativa de UNE EPM Telecomunicaciones S.A., el personal que trabajaba en varias sedes de UNE y de Colombia Móvil (Tigo) en Medellín, Bogotá y Manizales, fue desplazado y trasladado de forma abrupta, irrespetuosa y sin contexto, con varios agravantes: la notificación del cambio de cargos, de sedes de trabajo y de dependencias, además de la inexistencia del manual de funciones de cada nuevo cargo. La entrada del operador chino traduce, entre otros, en tercerización laboral, en inminente pérdida de calidad del empleo, de conocimiento y de experiencia, ya que no se permite una entrega adecuada de funciones, responsabilidades, procesos y programas en desarrollo; y por lo tanto en afectación directa del servicio al cliente. A los trabajadores que se han negado a firmar la notificación de cambio de cargo, la administración lo ha realizado unilateralmente sin importar el debido consentimiento del trabajador, hecho que puede observarse en la información interna y en los certificados laborales que se expiden; una burla a la normatividad vigente.

 

Las cartas de cambio de cargos fueron la alternativa de la administración de UNE EPM Telecomunicaciones S.A., orquestada desde la Vicepresidencia de Gestión Humana, al tener dos intentos fallidos para introducir un otrosí a los contratos individuales de trabajo, que lesionaban la calidad de vida laboral y familiar de los trabajadores, pues implicaba el cambio de cargo, trabajar en cualquier parte del país para UNE y Colombia Móvil S.A. (Tigo) y el compromiso de cumplir con sus obligaciones actuales adicionando otras, algunas de ellas desconocidas y referenciadas en manuales inexistentes, más las “órdenes, instrucciones, procedimientos y metas que le indique EL EMPLEADOR directamente o a través de sus representantes”, advirtiendo que cualquier incumplimiento es considerado falta grave. Otra amenaza directa a su estabilidad laboral.

Paralelo a estas acciones se dispararon los casos de acoso laboral y de coacción por parte de la citada Vicepresidencia de  Gestión Humana (a la que, como si quisieran burlarse de las personas la denominan Vicepresidencia Gente TigoUne), hecho que venía de administraciones pasadas y que se incrementaron con la llegada de Millicom, y que han conducido a procesos disciplinarios rebuscados e injustos, con consecuentes suspensiones y despidos con justa causa y sin indemnización.

 

Todos estos hechos no son fortuitos. Son el complemento de una serie de acciones que hemos denunciado públicamente, como el despido a cuenta gotas desde hace unos meses, semana a semana para no generar ruido, dejando sin empleo a más de 150 trabajadores provenientes de la UNE original; los despidos masivos de octubre de 2013 y de diciembre pasado que dejaron otros 160 empleados sin trabajo; el retiro de 230 trabajadores en noviembre de 2015 al acogerse a un plan de “retiro voluntario” y el cambio de contrato a salario integral a más de 100 llamados “mandos medios”. En resumen, novedades negativas para más de 600 trabajadores y se habla dentro de la empresa que en los próximos días u horas saldrán otros planes de retiro voluntario y de prepensionados que podría tener incidencia en unos 200 trabajadores más. En lo que respecta a la operación, más de la tercera parte de los trabajadores de UNE, entre 500 y 700, podrían verse afectados con la tercerización mediante el contrato de operación con Huawei. Pérdida de calidad del empleo en la ciudad más innovadora.

 

Esta suma de sucesos ha conducido, a su vez, a la violación del derecho constitucional a la libre asociación, por cuanto afecta de forma directa la afiliación de los trabajadores a una organización sindical, con los consecuentes deterioros en su calidad de vida laboral, sin que los representantes de EPM en la Junta Directiva de UNE EPM Telecomunicaciones S.A., entre ellos el Gerente General, o el auditor interno que puso en la empresa, hayan ejercido sus funciones con la responsabilidad que les compete. De todo esto tampoco han tomado cartas en el asunto el Alcalde, el Concejo, la Personería y la Contraloría de Medellín, así como el Ministerio de Trabajo. El llamado es a tomar control ya y no cuando todo el daño esté terminado. 

 

 

Junta Directiva

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Categoría: Noticias
Creado: Martes, 04, Octubre 2016 13:48
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SINPRO, cada vez más cerca de llegar a los 4.000 afiliados

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Categoría: Noticias
Creado: Jueves, 29, Septiembre 2016 22:30
Visitas: 5660

 

como crecimiento

En 2002 nacimos con 222 afiliados en EPM; en 2006 contábamos con 1.363 en EPM y UNE; en 2010 llegamos a 3.062; y ahora, en 2016, el número de afiliados a SINPRO se acerca a 4.000. Coherencia, respeto por las diferencias, acompañamiento constante y servicios, claves para el crecimiento. 


Hay muchas formas de convencer, pero la coherencia entre lo que se dice y lo que se hace es fundamental para la credibilidad. Desde nuestro nacimiento como Sindicato de Profesionales el 10 de octubre de 2002 con 222 afiliados, hemos trabajado sobre tres ejes fundamentales: la defensa de los trabajadores, y el aporte a su calidad de vida; la sostenibilidad de las empresas y la defensa del patrimonio público representado en empresas como EPM y UNE EPM Telecomunicaciones S.A.

Que de esa fecha a hoy hayamos crecido en más de 17 veces (1.712%) no es gratuito. Cada año, durante 14 años, excepto entre 2013 y 2015 cuando se presentaron grandes novedades laborales (*) la línea en el número de afiliados a SINPRO ha ido en ascenso, estando cada vez más cerca de los 4.000.

(*) EPM: despidos sin justa causa y retiros por jubilación – UNE: renuncias, jubilaciones, despidos sin justa causa, plan de “retiro voluntario” y retiro obligado de mandos medios y de beneficiarios por extensión.

Gráfica crecimientocv

 

Beneficios de estar afiliado a SINPRO

  • - Filosofía clara y coherente
  • - Convenciones Colectivas de Trabajo vigentes con EPM y con UNE EPM Telecomunicaciones S.A.,
  • - Servicio permanente de asesoría y acompañamiento legal en asuntos laborales (procesos disciplinarios, acoso laboral, pensiones), sin costo para el afiliado, con un calificado equipo de trabajo. Para solicitar asesoría haga clic aquí.
  • - Ahorro del 50% de los aportes legales al Sindicato, en comparación con otras organizaciones (Ver cuadro ahorro aportes).
  • - Asesoría tributaria a través de firmas especializadas
  • - Asesoría inmobiliaria, sin costo para el afiliado, a través de Nuestra Propiedad Raíz y Mattis
  • - Programas y actividades académicas y de fidelización
  • - Espacios y medios para comunicación permanente y de doble vía con los afiliados
  • - Regalo de Navidad para todos los afiliados

Para tener en cuenta

  • - Ser profesional es trabajar con conocimiento, capacidad y sentido de pertenencia. Por eso todos los trabajadores de EPM y UNE tienen las puertas    abiertas para afiliarse a SINPRO.
  • - Beneficio Exclusivo de nuestras Convecciones con EPM y UNE: los afiliados tienen la posibilidad de utilizar el monto de la ayuda para la compra de    medicamentos no cubiertos por el POS para el pago de pólizas complementarias de salud o servicio de salud prepagada.
  • - La pertenencia al Departamento Médico (DM) está regida por la ley. Quien se afilie a SINPRO y haga parte del DM, continúa beneficiándose de sus  servicios.
  • - En 13 años se han beneficiado con créditos de vivienda, a través de los Fondos de SINPRO con EPM y UNE, 2.264 afiliados.

¿Cómo afiliarse a SINPRO?

  • - Descargue  e imprima el Formato de Afiliación en Propiedad
  • - Diligencie todos los campos y firme (obligatorio)
  • - Envíe escaneado a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla.
  • - O entréguelo físicamente en el Edificio EPM: Piso 3, oficina 139 o en la sede de SINPRO: Carrera 43 A No. 17-106, edificio Latitude, oficina 705, Medellín.

C Cuadro de Ahorro en aportes a SINPRO

Cuadro ahorroCV

 

 

 

Nace el Fondo de Solidaridad SINPRO con ayudas para los afiliados

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Categoría: Noticias
Creado: Viernes, 30, Septiembre 2016 14:48
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Nuevas ayudas con Fondo de Solidaridad

Auxilios para préstamo de artículos hospitalarios o equipos para rehabilitación, y otro económico por fallecimiento: nuevas ayudas creadas por SINPRO para los afiliados.  

 


 

Aportar a la calidad de vida de los afiliados y su grupo familiar es uno de los fines de SINPRO. Por eso y como complemento a los servicios de  asesoría legal, inmobiliaria y tributaria, y a los beneficios de las convenciones con EPM y UNE EPM Telecomunicaciones S.A., el Sindicato creó el Fondo de Solidaridad, que contempla auxilios para el préstamo de artículos hospitalarios o equipos ortopédicos para la rehabilitación del afiliado o de sus beneficiarios, y uno económico por fallecimiento del afiliado.

Las condiciones y requisitos para acceder a estas ayudas están consignadas en el Reglamento del Fondo de Solidaridad, entre las que se destacan los montos de la ayuda, el tiempo mínimo de antigüedad como afiliado e propiedad a SINPRO, la documentación requerida, los beneficiarios con derecho a la ayuda y la Solicitud de Auxilio de Solidaridad 

La entrega de las solicitudes se puede hacer de una de las siguientes formas:

  • Enviándola al correo Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Necesita activar JavaScript para visualizarla.
  • En la sede SINPRO: Carrera 43 A N° 17-106, edificio Latitude, oficina 705, Medellín
  • En la oficina SINPRO en el Edificio EPM Medellín: Piso 3, oficina 139

Vacaciones se interrumpen en caso de luto

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Categoría: Noticias
Creado: Jueves, 29, Septiembre 2016 22:12
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como luto

Aunque la Ley 1280 de 2009 indica que quien disfrute sus vacaciones y sufra la muerte de un familiar las interrumpe para hacer uso de la licencia por luto, para los servidores públicos esto lo contempla Ley 1635 de 2013. Concepto del DAFP citado en reciente respuesta a EPM incluye este evento. 

 


 

Tanto los trabajadores particulares regidos por el Código Sustantivo de Trabajo (CST) como los servidores públicos cobijados por normas especiales, tienen derecho a la licencia remunerada por luto por el fallecimiento de algunos familiares, y que para cada caso están regidos por normas diferentes: los trabajadores particulares por la Ley 1280 de 2009 (Adición al artículo 57 del CST) y los servidores públicos por la Ley 1635 de 2013.

No obstante, para lo concerniente a los servidores públicos, incluidos los trabajadores de EPM, la Ley 1635 de 2013 indica los eventos en los cuales sus vacaciones se pueden interrumpir, pero no estipula los efectos de la licencia por luto respecto al goce de las vacaciones.

Tras ese hecho y gracias a la gestión de SINPRO, EPM solicitó un concepto al Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), que en su respuesta indicó que el 1° de noviembre de 2013 emitió un concepto que dio total claridad a estos casos, dado que “…la muerte de un familiar en el parentesco y grados señalados en la Ley 1635 de 2013 genera una circunstancia imprevista que altera el normal disfrute de las vacaciones (…), y por tanto se considera procedente la interrupción de las vacaciones conforme a la nueva legislación”.

Teniendo en cuenta lo anterior se oficializa la aplicación del mismo para todos los servidores públicos, al igual que para los trabajadores particulares, siempre y cuando la persona fallecida sea su cónyuge, compañero (a) permanente o un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o segundo civil (hijos e hijastros y sus cónyuges, padres, abuelos, nietos y padres o hermanos del cónyuge o compañero (a) permanente).

Para el caso de EPM, en la comunicación de notificación a SINPRO como gestor de la aplicación del concepto para todos los trabajadores, afiliados y no afiliados, la empresa indicó que el lineamiento fue adoptado por la Dirección de Relaciones Laborales Colectivas y la Unidad de Gestión  Nómina. 

 

Licencias y ayudas por calamidad afiliados SINPRO

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